domingo, 9 de diciembre de 2012

Prestaciones de la seguridad social





Ya hemos visto que durante nuestra vida pueden presentarse situaciones a las que no podemos hacer frente con nuestros propios medios y no podemos ayudar al resto de personas que tenemos a nuestro alrededor. Entonces surge la necesidad de acudir a una serie de medidas que el Estado pone a nuestra disposición.
Todos en algún momento  podemos estar enfermos, tener un accidente, o perder nuestro trabajo. Todos nos volveremos viejos. Entonces ¿qué haremos para conseguir lo que necesitamos para vivir? La Seguridad Social nos da para cada ocasión lo necesario para superarlo, en ocasiones nos ofrecerá un servicios para que podamos ir y en otras nos entregará una cantidad de dinero para que podamos hacer frente a estas necesidades A esta cantidad de dinero le llamamos prestación.
Vamos a ver las distintas ayudas que nos ofrece para cada situación:
La asistencia Sanitaria:
Todos hemos estado enfermos alguna vez. Entonces acudimos al médico. Si es mucho más grave acudimos al hospital.


A esta prestación la denominamos Asistencia Sanitaria, y tiene carácter universalista, es decir, todos tenemos derecho a ella. Protege a todos por igual. Nadie puede quedarse sin derecho a ir al médico.

También los extranjeros, tanto los que residen en España como los que se encuentran en este país sólo por un tiempo, tienen derecho a asistencia en caso de enfermedades y accidentes.
Una vez hemos acudido al médico, o salimos del hospital, y ya sabemos lo que tenemos, el medico nos receta medicamentos para acabar de ponernos sanos, o para que no volvamos a caer enfermos.  Lo llamamos prestación farmacéutica, porqué con esa receta acudimos a la farmacia para que nos den los medicamentos que nos van a curar.
Pero ¿pagamos todo el costo de los medicamentos? ¿Pagamos lo que realmente valen estos medicamentos?
Pues no, realmente sólo pagamos una pequeña parte de esos medicamentos. Menos de la mitad. Y algunas personas que ya no pueden trabajar o que están en situaciones de exclusión social no pagan nada.
¿Quién paga la diferencia entre lo que vale el medicamento realmente y lo que pagamos nosotros a farmacéutico?
Incapacidad temporal
Es la situación en la que se encuentra el trabajador cuando está imposibilitado temporalmente para trabajar y precisa asistencia sanitaria de la Seguridad Social.
¿Qué pasa cuando no podemos ir a trabajar porqué estamos enfermos?
¿Dejamos de ganar nuestro sueldo? Si fuese así, y tuviéramos una enfermedad larga, pero que tiene curación, por ejemplo nos rompemos un brazo, o una pierna, y el médico nos dice que debemos hacer reposo durante 3 meses ¿estamos 3 meses sin ganar dinero porqué no trabajamos? Todo hace prever que dentro de estos tres meses nos curaremos y volveremos a trabajar. Pero ¿y durante esos tres meses?
Pues bien cuando las personas no pueden trabajar porque han tenido un accidente o padecen una enfermedad de la que se van a curar según les ha dicho el médico, tiene derecho a una nueva prestación.  La Seguridad Social paga un dinero a la empresa dónde trabaja, para que la empresa le pague casi todo el salario como  si estuviera trabajando, durante el tiempo que el médico le ha dicho que no puede ir a trabajar
Maternidad
¿Qué pasa cuando en una familia nace un niño?
La Seguridad social prevé esta situación, haciendo posible que el padre o la madre o ambos puedan estar con el bebé durante un tiempo para que puedan atenderle y no deban ir a trabajar. También se protege cuando se adopta un niño o se acoge.
A esa ayuda la llamamos prestación de maternidad, y dura un tiempo determinado.
Durante este período de descanso la Seguridad social garantiza su salario, la empresa paga a la trabajadora o al trabajador que ha sido padre el salario íntegro, y posteriormente la empresa recupera ese dinero de la seguridad social.



Incapacidad permanente
Algunas veces, el trabajador no puede ir a trabajar porque está enfermo o ha tenido un accidente. Ha sido atendido por los médicos, y ellos consideran que no podrá volver a trabajar, bien en el trabajo que hacía habitualmente o en cualquier otro trabajo.

La Seguridad Social entonces debe ayudar a esta persona con otra prestación porque no podrá volver a trabajar, o bien en su trabajo habitual, o bien en ningún otro trabajo.

Por ejemplo:
Imaginemos un camionero, que tiene un accidente de circulación y pierde una mano.
¿Podrá volver a conducir?
Pero ¿podría dedicarse a otra profesión? Por ejemplo a ser telefonista.

Entonces, la Seguridad social le otorga una pensión de incapacidad permanente que no es tan elevada como si el mismo señor no pudiera dedicarse a nada más.

Si un equipo de médicos especialistas en evaluar estas situaciones de incapacidad determinara que nunca podrá volver a trabajar, entonces la pensión sería más elevada.

El término pensión se refiere a una cantidad que otorga la seguridad social para toda la vida. No durante un tiempo como la maternidad o la incapacidad temporal, porque cubrían situaciones de necesidad temporales, si no que se prevé que será para toda la vida.

Jubilación.

Cuando la persona es anciana y no puede trabajar por su edad, la seguridad social la protege y le da una prestación denominada pensión de jubilación.
Todos tenemos o hemos tenido abuelos:

¿Consideras que tu abuela o tu abuelo pueden trabajar?
      ¿Consideras que es necesario que la seguridad social proteja a las personas mayores para que puedan vivir sin tener que trabajar y ganar en calidad de vida





Prestación por desempleo

¿Qué pasa cuando una persona se encuentra sin trabajo?

La Seguridad social también protege y reconoce una prestación denominada prestación por desempleo. Tiene una  duración determinada. Durante ese tiempo  el trabajador tiene la obligación de intentar encontrar un nuevo trabajo.
Normalmente se le dan cursos de formación para que mejore sus estudios, o pueda reciclarse para encontrar un nuevo trabajo.
La Administración ofrece su mediación entre empresarios que buscan a trabajadores  y el trabajador que está parado.
Primero se le busca un trabajo similar al que tenía. Si no lo encuentra le intenta buscar otros parecido.
En ocasiones si se acaba la prestación y aún no se ha encontrado trabajo, en función de la edad del trabajador y de sus ingresos (si en su familia hay alguien que gane, o tiene propiedades o dinero en el banco) se le reconoce el derecho a percibir una prestación menor que se denomina subsidio por desempleo.



Prestaciones de viudedad y de orfandad

La seguridad social también prevé situaciones en que las que las  personas quedan en una situación de necesidad debido a la muerte del marido o la esposa  y a la vez, ampara situaciones en que pueden quedar desprotegidos los hijos por la muerte del padre o de la madre.
En esos casos la Seguridad social reconoce al otro miembro de la pareja una pensión que se denomina de viudedad.
A los hijos les reconoce una pensión que se denomina de orfandad. 



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